Audiencia Inicial en el Sistema Penal Adversarial y Acusatorio
Dic 16, 2021La Audiencia Inicial tiene como propósito:
- Controlar la detención.
- Formular la imputación.
- Decirle a la persona imputada de qué se le acusa, quién lo acusa y realizar la clasificación jurídica del delito.
- Discutir medidas cautelares.
- Establecer el plazo de cierre de la investigación.
- Vincular a esta persona a un proceso.
En esta Audiencia participan tres elementos esencialmente:
- El Ministerio Público, que formula la imputación y solicita medidas cautelares
- El Imputado, y su Defensa, que declaran “lo que a su derecho convenga” y en su caso solicitan las aclaraciones que sean necesaria sobre la imputación.
- El Juez de Control, quien habiendo escuchado la imputación, la argumentación y justificación del Ministerio Publico, así como la declaración del imputado, valora y resuelve la libertad plena con las reservas de ley o resuelve un auto de vinculación a proceso.
En la Audiencia Inicial, luego de que el Ministerio Público formule la imputación, el Juez de Control le pregunta al Imputado si en ese momento quiere que se resuelva si lo vincula a proceso y se acoge a que se realice en esa audiencia, o si quiere hacerlo en un plazo de 72 horas o en plazo de 144 horas.
En caso de que el Imputado opte por un plazo de 72 o 144 horas, el Juez cita a la siguiente audiencia a quienes intervienen y establece las medidas cautelares que correspondan.
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