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¿ES VÁLIDO QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN LA CDMX FIRMEN DE MANERA ELECTRÓNICA SUS ACTUACIONES O RESOLUCIONES?

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  Jun 19, 2020

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A raíz de la crisis sanitaria que ha producido el virus SARS-CoV2, la Administración Pública de la Ciudad de México (“CDMX”) se ha visto en la necesidad de implementar una estrategia de mejora regulatoria que permita la realización de trámites y servicios de manera digital.  

De ahí que el 03 de junio de 2020, la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México (la “Agencia Digital”), publicó en la Gaceta Oficial los Lineamientos para la implementación y uso de la Firma Electrónica de la Ciudad de México (los “Lineamientos”), en el ejercicio de las funciones de los Servidores Públicos de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Alcaldías de la CDMX. 

La firma electrónica -cabe recordar- se encuentra regulada en principio en la Ley de Ciudadanía Digital de la CDMX, y se define en ésta como “el conjunto de datos electrónicos consignados en un mensaje de datos o adjuntados al mismo, utilizados como medio para identificar a su autor o emisor, que permite la identificación del signatario y que ha sido creada por medios que éste mantiene bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada al mismo”1.  

Así, también, se específica que es generada con un certificado reconocido legalmente a través de un dispositivo seguro de creación de firma y tiene, en relación con la información firmada, un valor jurídico equivalente al de la firma autógrafa.  

De manera muy similar, en los Lineamientos también se define el concepto de firma electrónica (“Firma CDMX”) y establece que los Servidores Públicos en la CDMX tienen la obligación de implementar y usar la Firma CDMX en el ejercicio de sus funciones, cuando éstos deban suscribir actuaciones y/o resoluciones en los procedimientos administrativos, en trámites, servicios y demás actos jurídicos o administrativos de cualquier naturaleza.  

Los Lineamientos también establecen que la Firma CDMX se integrará por un documento firmado por la Agencia Digital, mediante el cual se probará el vínculo informático existente entre el firmante y la firma, llamado Certificado Electrónico; así como por la Clave Privada que son los datos que el firmante genera de manera secreta y utiliza para la creación de su firma, con el fin de que se establezca el vínculo entre la Firma-CDMX y el propio firmante. 

El diseño, desarrollo e implementación de la Firma-CDMX deberá cumplir con los siguientes principios rectores: 

  • Equivalencia funcional: Hace referencia se debe de satisfacer el requisito de firma del mismo modo que la firma autógrafa en los documentos impresos.  

  • Autenticidad: Que permita dar certeza de que ha sido emitida por el firmante, de manera que su contenido y, por ende, sus consecuencias jurídicas puedan serle atribuidas.  

  • Integridad: Permite dar certeza de que el documento electrónico que contiene la firma electrónica, ha permanecido completo e inalterable desde su firma.  

  • Neutralidad tecnológica: Consiste en que la tecnología utilizada para los servicios relacionados con la Firma-CDMX, será aplicada de modo que no excluya, restrinja o favorezca alguna tecnología en particular.  

  • No repudio: Debe de garantizar la autoría e integridad del documento y que dicha firma corresponde exclusivamente al firmante.  

  • Confidencialidad: Debe garantizar que sólo pueda ser cifrado por el firmante y el receptor.  

No es óbice mencionar que a la Firma-CDMX se le otorga la misma validez que a la firma autógrafa y, por tanto, es exclusiva responsabilidad de los titulares evitar el uso no autorizado de ésta.  

De igual forma se establece responsabilidad administrativa para los Servidores Públicos por el uso deliberado de la Firma-CDMX, por su falta de vigencia, renovación o por su uso indebido.  

Los Lineamientos constituyen un gran avance para la consolidación de un Gobierno Digital que garantice y agilice la realización de trámites y servicios, al igual que la impartición de justicia sin interrupciones, lo que también significa el inicio de los juicios en línea.